El Alto Tribunal español sienta jurisprudencia en favor del progenitor que abandona la vivienda cuando se produce una separación, indicando que la “salida civilizada” de uno de la progenitores del domicilio familiar durante el proceso de separación no puede perjudicarle a la hora de decidir a quién corresponde la custodia de los hijos.
Esta Sentencia modifica el criterio aplicado habitualmente en los juzgados de familia, que suelen negar la custodia al padre o la madre que dejó la casa al entender que ha hecho “dejación” de su papel.
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